VILLA PEHUENIA MOQUEHUE, SABADO 04 DE ABRIL DE 2020 – 10 HS
Comité de Emergencia Provincial COVID-19. 03/04/2020 20 HS
Al momento de este reporte, se notificó un (1) nuevo caso confirmado de Coronavirus (COVID-19) de la provincia del Neuquén. Se trata de un hombre de 46 años, oriundo de la localidad de Zapala, sobre el cual se investiga el nexo epidemiológico. Además, se descartaron nueve (9) casos sospechosos.
Desde el inicio del seguimiento epidemiológico de Coronavirus (COVID-19) en nuestra provincia, a la fecha se registraron:
| Residencia | Casos Sospechosos | Casos Confirmados | Casos Descartados | Total Casos Estudiados | Defunciones |
| Prov. Neuquén | 13 | 30 | 128 | 173 | 2 |
| Prov. Río Negro | 0 | 3 | 9 | 13 | 1 |
| Prov. Buenos Aires | 0 | 0 | 1 | 1 | 0 |
| Otras Provincias | 0 | 0 | 2 | 2 | 0 |
| TOTAL | 13 | 33 | 140 | 189 | 3 |
En los casos confirmados también están contabilizadas dos personas oriundas de nuestra provincia que se hallan internadas, una en la provincia de Buenos Aires y otra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
Por otra parte, cabe aclarar que las personas fallecidas con resultado confirmatorio para COVID-19, son descontadas de la columna de confirmados. El Ministerio de Salud del Neuquén ha actualizado la definición de caso sospechoso a: toda persona que presente fiebre y uno o más síntomas respiratorios (odinofagia, tos, dificultad respiratoria) sin otra etiología que explique completamente la presentación clínica, y que dentro de los 14 días previos al inicio de los síntomas haya estado en contacto con un caso probable o confirmado de COVID-19 o tenga un historial de viaje al exterior, CABA o de las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Santa Fe y Tierra del Fuego. Además, todo personal de salud que presente fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, odinofagia, dificultad respiratoria).
Dada la existencia de transmisión comunitaria en algunas localidades de nuestro país, a partir del 27 de marzo de 2020, las personas que ingresen procedentes de otros países; de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de las provincias de Buenos Aires; Córdoba; Chaco y Santa Fe, deberán realizar el aislamiento preventivo por 14 días. A partir del 30 de marzo de 2020, dicho aislamiento preventivo será indicado también a las personas procedentes de Tierra del Fuego.
A partir del 2 de abril de 2020, y en concordancia con los lineamientos de la cartera sanitaria nacional, los convivientes de personas que han regresado del extranjero deberán realizar el aislamiento preventivo obligatorio por un término de 14 días.

Comité de Emergencia COVID-19 Villa Pehuenia Moquehue. 04/04/2020 09.30 HS
El Comité de Emergencia COVID19 de la localidad mantuvo en la mañana de hoy reunión de rutina. Se revisaron diversos casos que suceden en la localidad y se analizó el mantenimiento y ampliación de medidas preventivas.
•CIRCULACIÓN MÍNIMA E INDISPENSABLE:
No está permitido circular los días DOMINGOS.
La circulación está permitida de lunes a sábado de 8 a 20 hs para la compra de alimentos, salud, y/o excepciones del Decreto Nacional 297/20 y Declaración Administrativa 450/20. El uso de vehículos particulares es hasta 2 (dos) personas.
•OBRAS SANITARIAS – MUNICIPIO:
Para completar la estructura edilicia que el Centro, la Municipalidad ha iniciado la construcción de un sanitario que va a equipar a un sector del centro de salud redefinido para atención COVID19. Para esta tarea, el Municipio ha emitido listado oficial de personas afectadas a la obra, las cuales ya se han iniciado. Con esta acción el Centro de Salud contará con una sala de internación exclusiva para pacientes que requieran oxigeno. Además, se redefinieron en el edificio 2 sectores: pacientes sanos y pacientes COVID19. Para garantizar el acceso diferenciado de pacientes.
El Director del Centro de Salud local, explicó en esta reunión que en la localidad se han desarrollado de manera ordenada las 3 acciones propuestas por el Ministerio de Salud de la Provincia:
1.Promoción e información sobre el COVID19 y activación de protocolos para la comunidad: se iniciaron en las escuelas junto a Defensa Civil, y se realizaron campañas radiales y digitales principalmente.
2.Protección personal y médica. En este punto se organizo de forma interna el trabajo para pacientes sanos y posibles casos sospechosos COVID19 y/o de aislamiento preventivo.
3.Estructura edilicia. En este aspecto se destaca que en menos de 10 días comenzará a funcionar el Laboratorio del Centro de Salud, para el cual ya se ha incorporado al profesional bioquímico comprometido y se espera el material de laboratorio. Se redefinieron los usos de los espacios existentes, los cuales incorporarán también 1 médico y 4 enfermeros, de forma gradual. Los primeros 2 enfermeros llegarán al centro de salud local la próxima semana. Las camas extra hospitalarias ya establecidas en la localidad –un total de 85-, se encuentran dentro de un protocolo ya diseñado para la distribución de pacientes COVID19 según, grado de situación y necesidades, elaborado por el equipo médico local.
•CONTROL SANITARIO EN INGRESOS-PROTOCOLO LOCAL:
Se aumentarán las restricciones de ingreso en el sector de Litrán, específicamente en el puente sobre el río. Solo se permite el ingreso a vecinos y vecinas que constaten domicilio y residencia en nuestra localidad. Luego de la verificación y desinfección de vehículos, se podrá ingresar y acatar las normas preventivas establecidas para Villa Pehuenia Moquehue.
RP11, se están realizando los controles de ingreso y egreso a los vehículos que transiten entre Moquehue y Ñorquinco, permitiéndose la circulación de los vecinos con domicilio en ambos sitios, solo para el aprovisionamiento de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos, según el Decreto Nacional N° 297/20 y Declaración Administrativa 450/20.
•OPERATIVO LEÑA:
Desde la Municipalidad se continúa con las tareas de coordinación del operativo especial de leña que aplica medidas preventivas COVID19 según lo estableció el Comité de Emergencia Local. Se llevan adelante 3 modalidades para este operativo. 1) Se coordina con las personas que recibieron la autorización de corte de leña correspondiente, para lo cual el municipio realiza la bajada de leña. 2) Se realiza desde el Municipio el total de las tareas de corte y distribución de leña para las personas incluidas dentro de la población de riesgo. 3) Se realiza desde el Municipio la intermediación para la compra y transporte de leña con proveedores locales, para aquellas personas que tienen la capacidad económica de afrontar el costo del operativo. OPERATIVO LEÑA: 294 2470486
•MUNICIPIO-ADULTOS MAYORES/PERSONAS CON DISCAPACIDAD/POBLACIÓN DE RIESGO:
Desde el Municipio de Villa Pehuenia Moquehue continúan las tareas de asistencia a adultos mayores aislados por medidas preventivas, embarazadas, personas con discapacidad e integrantes de la población de riesgo. Hasta el momento, la asistencia en alimentos a familias en situación de vulnerabilidad económica se basa principalmente en la entrega de módulos alimentarios secos, provenientes del Gobierno Provincial y el Municipio, contención social y de seguridad y compras por pedido de los y las vecinas. Además, se suman a estas acciones, las donaciones de instituciones y/o vecinos/as. Se reitera la obligatoriedad de que estas personas permanezcan en sus hogares. Por consultas y/o necesidades, comunicarse al tel: Adultos mayores: 2942469059.
•MUNICIPIO-SERVICIOS PUBLICOS BÁSICOS:
Desde el Municipio se informa que las tareas de servicios de residuos generales, material reciclable y agua continúan realizándose diariamente. Los agentes públicos municipales afectados a tareas específicas, se encuentran identificados en un listado oficial entregado por el Municipio al Comité de Emergencia COVID19 local y bajo las condiciones de sumarios administrativo y/o baja en caso de incumplimientos.
•CONTROLES DE SEGURIDAD:
Defensa Civil, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía Provincial, realizan controles diurnos y nocturnos para dar cumplimiento a lo dispuesto sobre la circulación mínima e indispensable en Decretos Provinciales y Ordenanza Municipal. Desde la Comisaría 47 se informa que se continúa el acompañamiento a veranadores que se encuentran realizando el arreo de animales, autorizados por las autoridades provinciales.
BPN: JUBILADOS Y PLANES SOCIALES
El Banco Provincia de Neuquén sede en Villa Pehuenia atenderá las jornadas del 4 y 5 de abril para el cobro de haberes previsionales (ISSN y ANSES) para jubilados y beneficiarios de planes sociales (ANSES). Se ha establecido un protocolo entre el BPN y Defensa Civil que garantice la espera al aire libre de las personas, se dispusieron sillas y atención constante de los asistentes. Según lo establecido por Decreto Provincial 429/20 se establece que:
El DOMINGO 05 de abril se mantiene la prohibición de circulación dispuesta en el Artículo 2° del Decreto Provincial N° 412/20, exceptuando del mismo a aquellas personas comprendidas en el artículo 4° de dicha norma, y aquellas comprendidas en la Comunicación “A” 6951 del Banco Central de la República Argentina: COBRO DE HABERES PARA JUBILADOS Y BENEFICIARIOS DE PLANES SOCIALES.
•PROVEEDORES QUE INGRESEN A LA LOCALIDAD:
Atención al público de lunes a sábado de 9 a 19 hs. Domingos: cerrados.
PROVEEDORES:
Todo vehículo transportista que arribe a Villa Pehuenia Moquehue como proveedor, deberá registrarse en el ingreso, se desinfectará el vehículo interna y externamente, y las personas que circulen en dichos vehículos, deberán ingresar y transitar a la localidad únicamente con barbijos. Qué hacer en casa: Los vecinos y vecinas que realicen compras locales, deberán desinfectar todos los productos comprados antes de ser guardados en sus hogares.
Decisión Administrativa 450/2020 Presidencia de la Nación 03/04/2020
APLICACIÓN LOCAL
Con esta nueva decisión administrativa, se ha establecido un nuevo listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia:
ARTÍCULO 1°.- Amplíase el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, en los términos previstos en el Decreto N° 297/20, conforme se establece a continuación:
1. Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
2. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
3. Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
4. Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
5. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
6. Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
7. Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
8. Inscripción, identificación y documentación de personas.
Aclárase que las disposiciones del inciso 14 del artículo 6° del Decreto N° 297/20 incluyen las actividades de mantenimiento de servidores y que las disposiciones del artículo 6° inciso 7 del de la citada norma, incluyen a las personas afectadas a las actividades destinadas a la provisión de insumos necesarios para la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
APLICACIÓN LOCAL:
1.Se sugiere a los comercios locales de insumos y materiales de construcción que deberían establecer un sistema de toma de pedidos online y/o telefónico / wps y realizar el reparto de materiales en días y horarios fijos y comunicados a Defensa Civil. Se sugiere minimizar la atención al público presencial.
2.Vivero Provincial: deberán establecer los protocolos de trabajo, control y personal para presentar a Defensa Civil local para su revisión y aprobación/modificación.
3.Para los comercios de este rubro, se sugiere a los comercios locales que deberían establecer un sistema de toma de pedidos online y/o telefónico / wps y realizar el reparto de materiales en días y horarios fijos y comunicados a Defensa Civil. Se sugiere minimizar la atención al público presencial.
6.Las situaciones de emergencias que requieran de electricistas, plomeros y gasistas, deberán regirse por el protocolo de circulación de Defensa Civil local: el vecino/a deberá comunicar la emergencia a Defensa Civil por teléfono / wps para que ésta evalúe y determine la necesidad de emitir la Autorización (fecha, horario) de circulación interna.
8.El Registro Civil de la localidad deberá informar al Comité lo dispuesto por el organismo que lo rige a nivel provincial.
MUNICIPALIDAD DE VILLA PEHUENIA MOQUEHUE. 02/04/2020
•LEGISLACIÓN:
**El Concejo Deliberante en sesión permanente aprobó la Ordenanza N° 611/20 que establece:
La prórroga de manera excepcional por el plazo de sesenta (60) días corridos de la vigencia de las licencias de conducir, licencias de taxis, licencias comerciales y demás habilitaciones municipales y los vencimientos de impuestos, tasas, derechos y contribuciones municipales, cuyo vencimiento opere o haya operado durante el período comprendido entre el 1° de marzo y el 30 de abril de 2020. El plazo de prórroga se computará a partir del día subsiguiente a la fecha de su vencimiento.
**El aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de los valores de los meses de marzo y abril de 2020, determinados en la Ordenanza Tarifaria N° 591/19, en su capítulo VI sobre el Derecho por uso de locales municipales, venta ambulante y espectáculos públicos, aplicables a los locales del edificio de Los Lagos en el Muelle Turístico y Paseo Recreativo de Villa Pehuenia y del edificio Paseo Artesanal Municipal de Villa Pehuenia, y que esos valores se prorrateen en partes iguales y sin mora, en los meses restantes del contrato de concesión en particular y según cada caso.
**En el caso de las Licencias Comerciales Municipales Temporarias, cuyo vencimiento hubiese operado entre el 20 de marzo de 2020 y el 12 de abril de 2020, o la fecha en que resulte prorrogada la medida de aislamiento social preventivo y obligatorio, se considerarán automáticamente dadas de baja al 20 de marzo de 2020 sin necesidad de tramitación alguna.
**Además, mediante Ordenanza N° 612/20 se adhirió a la Ley Provincial N° 3230 y su Decreto Reglamentario N° 414/20 que declara la emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia del Neuquén en virtud de la declaración de la Organización Mundial de la Salud como pandemia del coronavirus COVID-19, por el plazo de 180 días, dentro de las competencias propias de este Municipio.
TELÉFONOS:
- DEFENSA CIVIL MUNICIPAL +54 9 2942-469067
- ÁREA DE ADULTOS MAYORES DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA PEHUENIA MOQUEHUE +54 9 2942-469059
- DELEGACIÓN MOQUEHUE +54 9 294 247-0486
- POLICÍA 101
- URGENCIAS POR CASOS DE PROBLEMAS RESPIRATORIOS O SÍNTOMAS: 107 (movistar) y 48091 (claro).
- ATENCIÓN MÉDICA REMOTA: de 08:00 a 16:00 hs
- Consultorio médico virtual Whatsapp +542942526886
- Asistencia Psicológica Whatsapp +54 2942 367131.
- Farmacia del Centro de Salud: +549 2942 662707
Fuentes:
- Municipalidad de Villa Pehuenia Moquehue
- Policía de la Provincia del Neuquén - Comisaría N°47 - Villa Pehuenia Moquehue
- Centro de Salud de Villa Pehuenia
- Ministerio de Salud de la Provincia del Neuquén
- Banco de la Provincia del Neuquén - Delegación Villa Pehuenia
- EPEN Villa Pehuenia - Moquehue
- Bomberos Voluntarios de Villa Pehuenia Moquehue
- Defensa Civil Municipalidad de Villa Pehuenia Moquehue
- Gobierno de la Provincia del Neuquén
- Gobierno de la Nación Argentina
- "Entrecomillas"-Agencia






