VILLA PEHUENIA MOQUEHUE, MARTES 09 JUNIO DE 2020 - 11.00 HS
Comité de Emergencia Provincial COVID-19. 08/06/2020 20 hs.
Al momento de este informe, se informó un (1) nuevo caso recuperado de Coronavirus (COVID-19) de la provincia del Neuquén. Se trata de un niño de 12 años, oriundo de la localidad de Loncopué. Además, se notificaron cinco (5) nuevos casos confirmados de Coronavirus de la provincia del Neuquén: un hombre de 33 años, una mujer de 33 años, un bebé de 2 años, un hombre de 51 años y una mujer de 68 años, todos oriundos de Neuquén capital, sobre los cuales se investigue su nexo epidemiológico. Se descartaron catorce (14) casos sospechosos de la provincia del Neuquén. Desde el inicio del seguimiento epidemiológico de Coronavirus (COVID-19) en nuestra provincia, a la fecha se registraron:

AISLAMIENTOS OBLIGATORIOS:
Para las personas que están regresando a sus domicilios, procedan de las áreas con circulación viral activa comunitaria (CABA y provincias de Buenos Aires, Chaco y Río Negro y las ciudades de Trelew y Córdoba) y cuyo destino final sea la provincia del Neuquén, realización aislamiento social, preventivo y obligatorio durante 14 días.
Para las personas que por motivos laborales, familiares y de salud circulan transitoriamente entre las provincias de Neuquén y Río Negro, la misma debe ser limitada a las actividades habilitadas. Se busca desestimular el traslado de personas para actividades que pueden ser realizadas en su localidad.
El personal esencial que viva y trabaje entre las provincias debe presentar la credencial que lo habilita y quedará excepto el de esta medida.
Estas medidas requeridas serán aplicadas a todas las personas que circulen en el área interprovincial según la reglamentación que defina los COE locales y su control será realizado por el personal controlado a esta función.
Más información oficial: https://www.saludneuquen.gob.ar/coronavirus-nuevo-comunicado-del-comite-de-emergencia-provincial-08-06-2020-2000/
NUEVO: NUEVA FASE: DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO
- Decreto Nacional Nº 520/20: Establecimiento para Neuquén la fase de “DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” - Decreto Provincial Nº 610/20: Establecimiento hasta el 28 de junio de 2020 la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”.
- Decreto Presidencial 520/20 en el siguiente enlace: Decreto NU 520/2020 DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO http://ow.ly/wjsu50A2ZUR
NUEVO: DESPLAZAMIENTOS MÍNIMOS E INDISPENSABLES - CIRCULACIÓN DEPARTAMENTAL
Decreto Provincial N ° 608/20: VIGENTE A PARTIR DEL 08/06/2020
DESPLAZAMIENTOS: Se amplían los horarios para los desplazamientos mínimos e indispensables para el suministro de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos incluidos en el artículo 1 ° del Decreto N ° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional, en toda vía de comunicación de la Provincia, entre las 08:00 y las 22:00 horas, entre los días de lunes a sábado. Los días domingo solo pueden existir circulación peatonal en toda la Provincia, específicamente en las modalidades establecidas en el artículo 1º del Decreto Nº 0547/20, y para el ejercicio de las actividades deportivas habilitadas.
CIRCULACIÓN DEPARTAMENTAL: Está permitido la circulación de los residentes de la localidad en el Departamento Aluminé, portando DNI o constancia que acredite domicilio real. Dentro de la franja horaria de circulación permitida entre las 8 y las 22 horas, de lunes a domingo. Recordar que los domingos solo está habilitada la circulación peatonal.
NUEVO: NUEVA FASE: DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO
Reglas de conductas generales:
Decreto Nacional Nº 520/20: Durante la vigencia del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” las personas obligatorias:
- Mantener entre ellas una distancia mínima de DOS (2) metros
- Utilizar tapabocas en espacios comp artidos
- Higienizarse asiduamente las manos
- Toser en el pliegue del codo
- Desinfectar las superficies
- Ventilar los ambientes
- Dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacionales.
NUEVO: ACTIVIDADES FISICAS
Decreto Provincial N ° 610/20: VIGENTE A PARTIR DEL 08/06/2020
Está permitido los días jueves, viernes, sábado y domingo, entre las 08:00 y las 20:00 horas, el ejercicio de las siguientes actividades físicas:
- Ejecución individual, sin circuitos.
- Ciclismo individual.
- Padel (hasta dos jugadores).
- Tenis (hasta dos jugadores).
- Squash (hasta dos jugadores).
- Pelota Paleta (hasta dos jugadores).
- Kite Surf.
- Canotaje
- Hipismo
- Golf.
- Tiro deportivo, en circuitos habilitados.
- Tiro con arco, en circuitos habilitados.
- Patín (individual).
- Pesca (individual), en espacios y ambientes habilitados.
Está permitido los días jueves, viernes y sábado, entre las 08:00 y las 20:00 horas,
- Enduro y Motocross. (Esta actividad solo puede ser realizada según Protocolos establecidos)
NUEVO: NUEVA FASE: DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO
REUNIONES:
Están permitidas las REUNIONES de HASTA DIEZ (10) PERSONAS en espacios públicos o privados, con multas sociales, culturales, recreativos, religiosos, familiares y laborales o de cualquier otra índole lícita; dentro de la franja horaria de circulación habilitada entre las 8 y las 22 horas, de lunes a domingo. Recordar que los domingos solo está habilitada la circulación peatonal.
NUEVO: Comité de Emergencia COVID-19 Villa Pehuenia Moquehue. INGRESOS Y CIRCULACIÓN
CONTROL SANITARIO EN INGRESOS-PROTOCOLO LOCAL:
VECINOS Y VECINAS:
RP13: Está permitido el ingreso de vecinos y vecinas que constaten domicilio y residencia permanente en la localidad.
- Documentación a presentar: DNI y documentación del vehículo.
- Prevención: desinfección de vehículos internos y externos. Medidas p reventivas obligatorias: circulación: de 8 a 20 hs de lunes a sábados. Protección facial. Distanciamiento social 1.5 mts. Domingos: sin circulación vehicular. Salidas de esparcimiento: según residencia.
- Circulación regional: presentar al menos una de las autorizaciones: 1.certificado único habilitante para circulación (nacional). 2.autorizaciones organizacionales –credencial. 3.autorizaciones especiales - fuerza mayor.
- RP11: Está permitido el ingreso de vecinos y vecinas que constan domicilio y residencia permanente en la localidad y pobladores de parajes cercanos para aprovisionamiento.
PROVEEDORES:
- Registrarse en el ingreso. DNI y Documentos del Vehículo. Hoja de ruta de reparto en la región.
- Presentador el Certificado Único Habilitante para Circuito lación.
- Permitir la desinfección interna y externa del vehículo.
- Portar protección facial. Su uso es obligatorio en todo el recorrido de reparto.
- Contar con alcohol en gel y / o desinfectante para aplicar constantemente.
De MERCADERÍA:
- Presentar los encargos de entrega y / o el listado de comercios a visitar.
- Entrega de mercadería: respetar las medidas de distanciamiento social.
Consulta La consulta / toma de pedidos será directamente telefónica y / o por medios en línea.
De SERVICIOS:
Informar a los sitios donde se pueden prestar servicios.
AISLAMIENTOS OBLIGATORIOS:
Para las personas que están regresando a sus domicilios, procedan de las áreas con circulación viral activa comunitaria (CABA y provincias de Buenos Aires, Chaco y Río Negro y las ciudades de Trelew y Córdoba) y cuyo destino final sea la provincia del Neuquén, realización aislamiento social, preventivo y obligatorio durante 14 días.
CIRCULACIÓN DEPARTAMENTAL-PROTOCOLO LOCAL:
Decreto Presidencial 520/20: LÍMITES A LA CIRCULACIÓN: Queda prohibida la circulación de las personas alcanzadas por la medida de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" dispuesta por el artículo 2 ° del presente, por fuera del límite del departamento o partido donde residan , salvo que posean el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19” que habilita un efecto tal y que siempre cumpla con el cumplimiento en el artículo 20 de este decreto y las normas reglamentarias respetivas.
Los residentes del departamento de aluminio pueden circular sin restricciones dentro del departamento de aluminio, con la representación de DNI y / o la constancia de domicilio real. Dentro de la franja horaria de circulación permitida entre las 8 y las 22 horas, de lunes a domingo. Grabar que los domingos solo está permitido en la circulación peatonal.
APERTURA ADMINISTRADA:
Decreto Provincial N ° 609/20: VIGENTE A PARTIR DEL 05/06/2020
GASTRONOMÍA
Locales gastronómicos, bares y restaurantes. Podrán recibir comensales, con reserva previa, factor de ocupación limitado y medidas de distanciamiento social interno, de 08:00 a 22:00 horas, de lunes a sábados. En modalidades “para llevar” y “entrega” podremos realizar entregas de productos hasta las 22:00 horas, de lunes a sábados.
GIMNASIOS
Gimnasios, talleres de pilates, centros de yoga, reiki, taichi y otros similares. En todos los Casos sin uso de vestuarios, con reserva de turno previo, factor de ocupación limitado y Medidas de distanciamiento social interno. Horario de 08:00 a 21:00 horas, de lunes a sábado. Natatorios Con reserva de turno de uso previo, con hasta dos nadadores por andarivel. Las pilas requieren niveles de cloro libre de ≥0.5-1 mg / l, para lograr una calidad óptima de desinfección del agua. Con sistema de entrada y salida controlada a vestuarios, desinfección frecuente de los mismos, y duchado obligatorio de nadadores al ingreso. Horario de 08:00 a 21:00 horas, de lunes a sábado.
ESPACIOS CULTURALES
Talleres y seminarios de formación artística en espacios culturales, sin apertura al público. Con cupo reducido y medidas de distanciamiento social interno. Horario de 08:00 a 21:00 horas, de lunes a sábado. Talleres de danzas. Con cupo reducido y medidas de distanciamiento social interno. Horario de 08:00 a 21:00 horas, de lunes a sábado.
BIBLIOTECAS POPULARES
Bibliotecas Populares. Con acceso con turno previo, sin uso de espacios comunes de lectura, solo multas de entrega de material bibliográfico solicitado por los socios y las socias, con el servicio de aislamiento en cajas especiales (etiquetadas y desinfectadas) durante al menos siete (7) días antes de volver al circuito del préstamo. Horario de 08:00 a 21:00 horas, de lunes a sábado.
Consultas de protocolos vigentes para estas actividades y servicios en el siguiente enlace:
NUEVOS HORARIOS COMERCIALES
Decreto Provincial N ° 608/20: VIGENTE A PARTIR DEL 08/06/2020
A partir del día lunes 08 de junio de 2020, se amplía, en todo el ámbito de la Provincia del
Neuquén, el horario de atención al público para todos los locales comerciales, establecido en el Decreto Nº 0412/20 y sus modificaciones, entre las 08:00 y las 20:00 horas, de lunes a sábado. Los días domingo los locales comerciales permanecerán cerrados debiendo proceder a realizar una desinfección integral del local y al suministro de los mismos.
Salidas de Esparcimiento - Comité de Emergencia COVID-19 Villa Pehuenia Moquehue.
Decreto Provincial N ° 587/20: VIGENTE A PARTIR DEL 01/06/2020
A partir del día 1º de junio de 2020 está permitido la realización de breves salidas de esparcimiento de toda la población, de lunes a sábado; entre las 9:00 y las 19:00 horas, de acuerdo a los términos del artículo 8 ° del Decreto Nº 408/20 del Poder Ejecutivo Nacional.
Las salidas podrán consistir en paseos, caminatas, trote o ciclismo exclusivamente con multas recreativos.
Protocolo local para salidas de esparcimiento Lunes a Sábados:
- Adultos y adultos de 60 años o más: de lunes a sábado, en el horario entre las 9 y las 19 h . De ser necesario pueden ser acompañados / as por un adulto / a (mayor de edad) en lo posible conviviente. Portar DNI y / o acreditación de domicilio real.
- Adultos y adultos menores de 60 años: de lunes a sábado, en el horario entre las 9 y las 19 hs. En el caso de menores de 12 años, acompañados por padre, madre o tutor, - 1 adulto / a con hasta 3 menores- en grupo correspondiente a ser de convivencia. Portar DNI y / o acreditación de domicilio real.
- Deberán circunscribirse a una radio de 500 metros desde el domicilio o real.
- Quedan con frecuencia para uso: juegos infantiles de las plazas públicas, espacios recreativos, muelle turístico, paseo artesanal, gimnasios, circuitos de entrenamiento, los centros deportivos, playones deportivos y lugares afines.
- Los niños y niñas pueden llevar bicicleta, patines, triciclo o juguete preferido.
- En ningún caso se puede realizar aglomeramientos o reuniones.
- Uso obligatorio de protectores faciales -de distinto tipo-. Son personas que tienen problemas para respirar o personas que no pueden sacárselo sin ayuda.
APERTURA ADMINISTRADA
PARTICULARES PERSONALES DE CASAS (Decreto Provincial N ° 554/20)
Solicitudes de circulación y tareas específicas según Decreto 554/20 a Defensa Civil.
Teléfono: 2942-498044 horario de 9 a 13 hs. Oficina de Informes Turísticos RP13 V. Pehuenia
SERVICIO DE MUDANZAS (Decreto Provincial N ° 554/20)
Solicitud de autorización con Defensa Civil.
ACTIVIDADES RELIGIOSAS: (Decisión Administrativa 810/2020)
Art 1, inc 1: Actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscritas en el Registro Nacional de Cultos. En ningún caso, los cuentos actividades podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen la reunión de personas.
Comité de Emergencia Villa Pehuenia Moquehue
Medidas preventivas de las personas que se acercan a la iglesia / templo:
- Uso obligatorio de barbijos / cubreboca
- Distanciamiento entre las personas de 2 metros
- De circulación / asistencia individual
- La iglesia / templo deberá demarcar los espacios / asientos a utilizar.
MUNICIPIO ÁREAS DE ATENCIÓN
De 9 a 13 hs., Máximo 3 personas en sala de espera, distanciamiento preventivo. Mesa de entradas: Tel 498011 y 498027 de 9 a 13 hs
- Asistencia a vecinos, adultos mayores y población de riesgo. 2942469059
- Servicio de inspección de obra y Trámites para autorización de obra s. 2942640661
- Control y mantenimiento del sistema de agua. 02942-498011, int 109
- Recolección de residuos generales. 02942-498011, int 109
- Recolección de material reciclable. 2996307916
- Cobros: Retributivos, patentes, Comercio y obras particulares. 02942-498011, int 124
- Radio Municipal FM 91.3 y Radio Municipal FM 89.3. 02942-498011, int 117
- Asistencia a vecinos y vecinas de Moquehue. 2942470486
- Dirección de Culturas, de 10 a 13 hs Biblioteca PM Galeano 02942-498011, int 121
- Defensa Civ il Municipal: oficina de atención: Turismo Municipal RP13 02942-498044
- Concejo Deliberante: Mesa de Entradas Lunes y Jueves de 9 a 14 hs. Resolución CDVPM 021/20. Por correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
LEGISLACIÓN MUNICIPAL COVID19
- Normativas COVID19 emitidas por el Concejo Deliberante y el Ejecutivo Municipal en: https://villapehuenia.gob.ar/municipio/boletines-municipales
TELÉFONOS DE INTERÉS:
- MUNICIPIO DEFENSA CIVIL 2942469067
- POLICIA 101
- CENTRO DE SALUD: 107 (movistar) y 48091 (claro)
- BOMBEROS VOLUNTARIOS 2942564109
Fuentes:
- Municipalidad de Villa Pehuenia Moquehue
- Policía de la Provincia del Neuquén - Comisaría N ° 47 - Villa Pehuenia Moquehue
- Centro de Salud de Villa Pehuenia
- Ministerio de Salud de la Provincia del Neuquén
- Banco de la Provincia del Neuquén - Delegación Villa Pehuenia
- EPEN Villa Pehuenia - Moquehue
- Bomberos Voluntarios de Villa Pehuenia Moquehue
- Defensa Civil Municipalidad de Villa Pehuenia Moquehue
- Gobierno de la Provincia del Neuquén
- Gobierno de la Nación Argentina






